Resolución Externa No. 10 de 1993
(Abril 15)
Por la cual se dictan medidas en relación con las corporaciones de
ahorro y vivienda.
LA JUNTA DIRECTIVA DEL BANCO DE LA REPÚBLICA,
en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial
de las que le confieren el artículo 16, literal f. y el artículo 18 de la Ley 31 de
1992,
RESUELVE:
Artículo 1o. Para el mes de mayo de 1993 los valores
en moneda legal de la Unidad de Poder Adquisitivo Constante -UPAC- se informarán por el
Banco de la República calculados con base en la metodología prevista por la Resolución
Externa No. 6 de 1993 o aplicando una tasa del 19% efectivo anual, la que resulte mayor.
Artículo 2o. La presente resolución rige desde la
fecha de su publicación.
Dada en Santa Fe de Bogotá D.C., a los quince (15) días del mes de
abril de mil novecientos noventa y tres (1993).
| Rudolf Hommes Rodríguez |
Felipe Iriarte Alvira |
| Presidente |
Secretario |
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