Requisitos para inscripción
Las entidades que
deseen ser inscritas como Agentes deberán cumplir los siguientes requisitos:
Presentar a la
Subgerencia de Operación Bancaria una solicitud de vinculación firmada por un
representante legal debidamente facultado y adjuntar un certificado reciente de existencia
y representación legal expedido por la autoridad competente y copia auténtica de la
autorización de funcionamiento expedida por la Superintendencia Bancaria o la
Superintendencia de Valores, según el caso.
Estar vinculadas
al SEBRA y al DCV o a los sistemas que en el futuro los sustituyan, y tener abierta o
solicitar y obtener la apertura de una Cuenta de Depósito en el Banco de la República.
Tener instalado el
equipo computacional y de comunicaciones requerido, de acuerdo con las especificaciones
establecidas por el Administrador del Sistema.
En el evento de
ser admitida, suscribir el respectivo contrato de vinculación al SEN, en el cual se debe
autorizar al Banco de la República para afectar automáticamente su Cuenta de Depósito y
su Cuenta de Títulos con el valor resultante de la Liquidación que efectúe el SEN
respecto de cada transacción cerrada.
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