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Manual de operación

4. Mecanismos para la selección de contrapartes

Los Agentes del SEN cuentan con dos mecanismos para el control del riesgo de contraparte derivado de la transacción en los diferentes mercados.

4.1. Bloqueo de Contrapartes

Los Agentes inscritos en el SEN, pueden a través de sus operarios o traders, bloquear a aquellas contrapartes con las cuáles no deseen negociar. Dado que se trata de un mecanismo excepcional no se pueden rechazar en forma simultánea mas de cinco (5) contrapartes para cada mercado.

El operario tiene la posibilidad de ingresar o retirar entidades de la lista de Agentes rechazados, cada vez que lo considere necesario.

4.2. Cupos de Operación

Todos los Agentes autorizados para operar en el SEN, a través de sus Administradores de cupos de Operación, tienen acceso al Módulo de Cupos de Operación del sistema, el cual les permite establecer los límites de los riesgos de precio y de pago asociados al eventual incumplimiento de una transacción por la contraparte, mediante la fijación de cupos máximos de operación con cada uno de los Agentes inscritos en el SEN. Los cupos son consultados antes de efectuarse cada cierre y son actualizados automáticamente cada vez que se efectúa un cierre. La insuficiencia de cupo otorgado por una entidad a su contraparte impide que esta pueda realizar la transacción.

4.2.1. Fijación de Cupos

El Administrador de Cupos de Operación de cada entidad podrá fijar un cupo o límite máximo de riesgo por contraparte, el cual se actualiza cada vez que se efectúe una transacción afectando los cupos por riesgo precio y riesgo pago asociado a la contraparte. Adicionalmente, se puede fijar cupos particulares por contraparte, dependiendo del plazo a la compensación de cada transacción, así como del mercado al que correspondan.

El sistema asigna automáticamente un cupo de cero (0) para los nuevos Agentes del SEN que sean incluidos por el Administrador de Cupos de Operación de cada entidad en la tabla de sus contrapartes. Ello significa que los nuevos Agentes no podrán ejecutar operaciones con la entidad que los incluye como contraparte; en consecuencia se recomienda que al incluir una entidad como contraparte, inmediatamente se le asignen los límites de riesgo. Los niveles a los cuales se pueden asignar cupos son los siguientes:

Nivel 1

Nivel 2

Nivel 3

Plazo  la Compensación

Nivel 4

TOTAL

RIESGO PAGO

0 DÍAS

MERCADO DE TÍTULOS

MERCADO DE REPOS Y OPERACIONES SIMULTANEAS

MERCADO DE INTERBANCARIOS

HASTA 5 DÍAS

HASTA 10 DÍAS

HASTA 180 DÍAS

7HASTA 365 DÍAS

HASTA > 365 DÍAS

RIESGO PRECIO

0 DÍAS

MERCADO DE TÍTULOS

MERCADO DE REPOS Y OPERACIONES SIMULTANEAS

MERCADO DE INTERBANCARIOS

HASTA 5 DÍAS

HASTA 10 DÍAS

HASTA 180 DÍAS

HASTA 365 DÍAS

HASTA > 365 DÍAS

El monto de estos cupos puede ser modificado por el Administrador de Cupos de Operación, cuando lo estime conveniente, teniendo en cuenta que el saldo a modificar no esté comprometido en operaciones pendientes de cumplimiento.

4.2.2. Mecanismos de Afectación y Desafectación de Cupos

Antes de que se produzca un cierre el SEN verifica la existencia del cupo vigente entre las contrapartes involucradas. Si el cupo es inexistente o insuficiente, el sistema informa sobre imposibilidad de efectuar el cierre; en caso contrario efectúa el cierre y el sistema afecta en forma automática los respectivos cupos de contraparte del comprador y/o vendedor según el caso, por el riesgo precio y/o por el riesgo de pago. El valor que se descuenta de los cupos vigentes es el producto de multiplicar el valor en pesos de la operación por los siguientes porcentajes de afectación, asociados al riesgo precio y al riesgo pago para cada mercado:

Mercado

Riesgo precio

Riesgo pago

Compra

Venta

Compra

Venta

TITULOS

100%

100%

-

-

REPOS Y OPERACIONES SIMULTANEAS

-

-

100%

100%

INTERBANCARIO

- -

 

100%

El DCV informa cada hora al SEN las operaciones que se han compensado exitosamente y este último efectúa la desafectación o restitución de los cupos de operación.

El cupo por riesgo precio se desafectará el día del cumplimiento de la operación y el cupo riesgo pago se desafectará el día de la restitución, del Repo, Simultánea o Interbancario según el caso.

En caso de efectuarse la anulación de una transacción, la desafectación de cupo deberá hacerla el Administrador de cupos de la entidad en forma manual.

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Manual de operación

Capítulo I, Acceso al sistema Capítulo VII, Anulación de transacciones
Capítulo II,  Sesiones de negociación Capítulo VIII, Fijación de precio de cierre
Capítulo III, Mercados Capítulo IX, Reportes

Capítulo IV, Mecanismos para la selecciín de contrapartes.

Capítulo X, Soporte operativo para contingencia
Capítulo V, Ofertas Capítulo XI, Cotización a través de Intermediarios de Valores
Capítulo VI, Cierre de transacciones Capítulo XII, Tarifas
Anexo 1 (Mnemotécnicos)
Anexo 2 (Fórmulas)

Operaciones bancarias
Introducción | Depósito Central de Valores |
Servicios Electrónicos del Banco de la República |
Sistema Electrónico de Negociación |
Compensación Electrónica Nacional Interbancaria |
Compensación Electrónica de Cheques |
Formularios Cámara de Compensación |
Cambios Internacionales | Cuentas de Depósito |
Pago a Proveedores |
Reglamentación del Sistema de Pagos |
Advertencia |

 
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