Manual de operación
Anexo 2. Fórmulas que utiliza el SEN para
liquidación de operaciones
| a. |
Para títulos
que se negocian "Completos" |
|
Cuando se negocia
simultáneamente el principal y los intereses de un título, los cuales pueden estar
representados en cupones, o expresados en el título, siempre y cuando tengan más de un
flujo de intereses, se cotiza a precio limpio y se utiliza la siguiente fórmula de
liquidación: L = (VN * PL) + ic
ic = VN * I *
n/365
Donde:
L |
Liquidación
o valor en pesos que debe pagar el comprador de un título. |
VN |
Valor
nominal del título |
PL |
Precio
Limpio acordado en el cierre |
ic |
Intereses
causados por título desde el último pago hasta la fecha de compensación de la
operación |
I |
Tasa
de interés de emisión del título (tasa facial) |
n |
Días
corridos entre la fecha del último pago de intereses (sin corrimiento a día hábil) y la
fecha de compensación de la operación |
|
| b. |
Para la
negociación del capital y los cupones de intereses en forma separada y títulos colocados
a descuento |
|
Se cotiza a tasa
efectiva de descuento y se aplica la siguiente fórmula de liquidación: L=
VN+r
[ (1+i) (n/365)
]
Donde:
L |
Liquidación
del valor en pesos que debe pagar el comprador de un título |
VN |
Valor nominal del título. |
r |
Intereses incluidos en el flujo del título. Si se trata de un capital, un cupón
de intereses o un título colocado a descuento, r = 0 |
i |
Tasa de interés acordada en el cierre |
n |
Días entre la fecha de compensación de la operación y la fecha de vencimiento
del título (con corrimiento a día hábil) |
Para
determinar los flujos de intereses de los títulos de tasa variable, el sistema calcula la
tasa base a partir del último índice de referencia, según las condiciones de cada
título.
Para el cálculo de
la liquidación de la operación en pesos de los títulos denominados en dólares, se
multiplica el valor de la liquidación en dólares, calculado con base en las anteriores
fórmulas, por la tasa representativa del mercado TRM vigente el día de la
negociación. |
| c. |
Para el calculo de
la liquidación de las operaciones Repos |
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Se cotiza a tasa
nominal periodo vencido y se aplica la siguiente fórmula de liquidación: L = VN [(i * n / 360 )
+ 1]
Donde:
L |
Liquidación
de la operación (Capital más intereses a la cancelación) |
| VN |
Valor
de la operación acordado en el cierre |
i |
Tasa de interés
acordada en el cierre y expresada como una tasa nominal periodo vencido. |
n |
Plazo
de la operación acordado en el cierre (días corridos entre la fecha de compensación y
de la restitución) |
Para traer a valor
presente los títulos objeto del Repo el sistema tendrá en cuenta lo siguiente:
No utilizará Haircuts
Se utilizará la siguiente fórmula:

Donde :
| n |
Número de días hasta
el pago de cada de flujo de efectivo involucrado en el título |
| Ic |
Es el porcentaje de
interés del cupón |
| VnomTítulo |
Valor nominal del
título |
| (tasaVPN) |
Tasa
de descuento. Las tasas para las operaciones repo estarán determinadas dentro de los
siguientes rangos, de acuerdo con el vencimiento final del título:
0-180 días
181-360 días
361-720 días
721-1080 días
1081-1800 días
>1800 dìas
|
Se utilizará una
tasa de descuento (tasaVPN) que resulta de multiplicar la tasa de referencia de mercado
por un factor.
La Tasa referencia será la mayor
entre el IRTES que calcula la Bolsa de Bogotá (IRTES, IRTESV, para títulos en pesos,
IRTUS, para títulos en dólares, IRTUVR, para títulos UVR) y el indicador que calculará
el SEN. En este caso el factor se definió como 1,2
Cuando la Bolsa de Bogotá publique
un indicador conjunto con el SEN, este se convertirá en la tasa de referencia.
En caso de que no haya tasas de
referencia, la fuente alterna será:
- DTF, para títulos en pesos.
- Letra de Tesoro americano de 1 año +
400 puntos , para títulos en dólares
- ( (
(1+ DTF)
) - 1) , Para títulos UVR
(1+ Inflación último año completo)
Cuando se tomen las tasas alternas
el factor será 1.5
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| d. |
Para él calculo de
la liquidación de los intereses de las Operaciones Simultáneas |
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Teniendo en cuenta que
estas operaciones se cotiza a tasa efectiva anual el SEN aplica la siguiente fórmula de
liquidación: L = VN * [(1 + i)(n/365)]
Donde:
L |
Liquidación de la operación (Capital más intereses a la cancelación) |
VN |
Valor de la operación acordado en el cierre |
I |
Tasa de interés acordada en el cierre, expresada como una tasa efectiva anual. |
N |
Plazo de la operación acordado en el cierre (días corridos entre la fecha de
compensación y de la restitución) |
Para
la liquidación del Valor Nominal de las Operaciones Simultáneas
El comprador de la
Operación Simultánea (demandantes de recursos) y el vendedor si lo desea, cotizan el
valor nominal del título ofrecido en venta y su tasa de cesión. El sistema calcula el
valor de la liquidación del título, que corresponde a su vez al valor de la simultánea,
de acuerdo con las fórmulas descritas en los literales a y b de este anexo. |
| e. |
Para la
liquidación de las Operaciones Interbancarias |
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Para
el mercado de Operaciones Interbancarias el SEN calcula automáticamente el valor de
liquidación en pesos de la operación, correspondiente a los recursos que deben ser
pagados por el prestatario al prestamista en la fecha de restitución. Los interbancarios
se cotizan a tasa nominal anual periodo vencido.
L= VN [ (i
* n / 360) + 1 ]
Donde:
| L |
Liquidación
de la operación (Capital más intereses a la cancelación) |
VN |
Valor
de la operación acordado en el cierre |
I |
Tasa
de interés acordada en el cierre, expresada como una tasa anual nominal periodo vencido |
n. |
Plazo
de la operación acordado en el cierre (días entre la fecha de compensación y de
reversión), definido en el mnemotécnico. |
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