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Manual de operación

Anexo 2. Fórmulas que utiliza el SEN para liquidación de operaciones

a. Para títulos que se negocian "Completos"
Cuando se negocia simultáneamente el principal y los intereses de un título, los cuales pueden estar representados en cupones, o expresados en el título, siempre y cuando tengan más de un flujo de intereses, se cotiza a precio limpio y se utiliza la siguiente fórmula de liquidación:

L = (VN * PL) + ic

ic = VN * I * n/365

Donde:

L

Liquidación o valor en pesos que debe pagar el comprador de un título.

VN

Valor nominal del título

PL

Precio Limpio acordado en el cierre

ic

Intereses causados por título desde el último pago hasta la fecha de compensación de la operación

I

Tasa de interés de emisión del título (tasa facial)

n

Días corridos entre la fecha del último pago de intereses (sin corrimiento a día hábil) y la fecha de compensación de la operación

b. Para la negociación del capital y los cupones de intereses en forma separada y títulos colocados a descuento
Se cotiza a tasa efectiva de descuento y se aplica la siguiente fórmula de liquidación:

L=       VN+r           

[ (1+i) (n/365) ]

Donde:

L

Liquidación del valor en pesos que debe pagar el comprador de un título

VN

Valor nominal del título.

r

Intereses incluidos en el flujo del título. Si se trata de un capital, un cupón de intereses o un título colocado a descuento, r = 0

i

Tasa de interés acordada en el cierre

n

Días entre la fecha de compensación de la operación y la fecha de vencimiento del título (con corrimiento a día hábil)

Para determinar los flujos de intereses de los títulos de tasa variable, el sistema calcula la tasa base a partir del último índice de referencia, según las condiciones de cada título.

Para el cálculo de la liquidación de la operación en pesos de los títulos denominados en dólares, se multiplica el valor de la liquidación en dólares, calculado con base en las anteriores fórmulas, por la tasa representativa del mercado – TRM vigente el día de la negociación.

c. Para el calculo de la liquidación de las operaciones Repos
Se cotiza a tasa nominal periodo vencido y se aplica la siguiente fórmula de liquidación:

L = VN [(i * n / 360 ) + 1]

Donde:

L

Liquidación de la operación (Capital más intereses a la cancelación)

VN

Valor de la operación acordado en el cierre

i

Tasa de interés acordada en el cierre y expresada como una tasa nominal periodo vencido.

n

Plazo de la operación acordado en el cierre (días corridos entre la fecha de compensación y de la restitución)

Para traer a valor presente los títulos objeto del Repo el sistema tendrá en cuenta lo siguiente:

No utilizará Haircuts

Se utilizará la siguiente fórmula:

Donde :

n Número de días hasta el pago de cada de flujo de efectivo involucrado en el título
Ic Es el porcentaje de interés del cupón
VnomTítulo Valor nominal del título
(tasaVPN)

Tasa de descuento. Las tasas para las operaciones repo estarán determinadas dentro de los siguientes rangos, de acuerdo con el vencimiento final del título:

  • 0-180 días

  • 181-360 días

  • 361-720 días

  • 721-1080 días

  • 1081-1800 días

  • >1800 dìas

Se utilizará una tasa de descuento (tasaVPN) que resulta de multiplicar la tasa de referencia de mercado por un factor.

La Tasa referencia será la mayor entre el IRTES que calcula la Bolsa de Bogotá (IRTES, IRTESV, para títulos en pesos, IRTUS, para títulos en dólares, IRTUVR, para títulos UVR) y el indicador que calculará el SEN. En este caso el factor se definió como 1,2

Cuando la Bolsa de Bogotá publique un indicador conjunto con el SEN, este se convertirá en la tasa de referencia.

En caso de que no haya tasas de referencia, la fuente alterna será:

  • DTF, para títulos en pesos.
  • Letra de Tesoro americano de 1 año + 400 puntos , para títulos en dólares
  •   ( (               (1+ DTF)                           )   - 1) ,  Para títulos UVR

              (1+ Inflación último año completo)

Cuando se tomen las tasas alternas el factor será 1.5

 

d. Para él calculo de la liquidación de los intereses de las Operaciones Simultáneas
Teniendo en cuenta que estas operaciones se cotiza a tasa efectiva anual el SEN aplica la siguiente fórmula de liquidación:

L = VN * [(1 + i)(n/365)]

Donde:

L

Liquidación de la operación (Capital más intereses a la cancelación)

VN

Valor de la operación acordado en el cierre

I

Tasa de interés acordada en el cierre, expresada como una tasa efectiva anual.

N

Plazo de la operación acordado en el cierre (días corridos entre la fecha de compensación y de la restitución)

Para la liquidación del Valor Nominal de las Operaciones Simultáneas

El comprador de la Operación Simultánea (demandantes de recursos) y el vendedor si lo desea, cotizan el valor nominal del título ofrecido en venta y su tasa de cesión. El sistema calcula el valor de la liquidación del título, que corresponde a su vez al valor de la simultánea, de acuerdo con las fórmulas descritas en los literales a y b de este anexo.

e. Para la liquidación de las Operaciones Interbancarias

Para el mercado de Operaciones Interbancarias el SEN calcula automáticamente el valor de liquidación en pesos de la operación, correspondiente a los recursos que deben ser pagados por el prestatario al prestamista en la fecha de restitución. Los interbancarios se cotizan a tasa nominal anual periodo vencido.

L= VN [ (i * n / 360) + 1 ]

Donde:

L

Liquidación de la operación (Capital más intereses a la cancelación)

VN

Valor de la operación acordado en el cierre

I

Tasa de interés acordada en el cierre, expresada como una tasa anual nominal periodo vencido

n.

Plazo de la operación acordado en el cierre (días entre la fecha de compensación y de reversión), definido en el mnemotécnico.


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